Música Continua
ESCUCHA EN VIVO

Fecha: 17 de marzo 2022
Redactado por: Redacción Ya! FM
En redes sociales resurgió un comercial que colocó en medio de la polémica a una famosa marca de papas, pues el contenido normaliza la violencia contra las mujeres y la filtración de videos íntimos, delito que hoy se castiga con hasta seis años de prisión.
El video se lanzó en televisión abierta en 2009, sin embargo, se revivió en redes sociales despertando la molestia e indignación de los internautas, quienes han puntualizado en la importancia de las manifestaciones de mujeres para visibilizar el problema del acoso y la violencia contra las mujeres.
El comercial fue lanzado con la campaña “Las cosas chidas, rólalas”, en él se puede ver a una joven que es acosada mientras camina por la calle por hombres que le dicen la frase “dime vaquero”, todo mientras ella se muestra confundida y molesta.
Finalmente, la joven descubre por qué los hombres le gritan esta frase y furiosa llama a su novio para reclamarle por la difusión de un video íntimo en el que ella la menciona. Mientras tanto, su pareja se muestra despreocupado y asegura que el video “está chido” al momento que lo veo en su computadora.
La compañía no ha dado declaraciones al respecto, sin embargo, se ha señalado que fue censurado luego de un corto tiempo en televisión debido a que normaliza el acoso y la difusión de material íntimo sin el consentimiento de la persona.
Ley Olimpia
La llamada Ley Olimpia es un conjunto de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, con éstas se busca re conocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, señala Procuraduría Federal del Consumidor.
La ley lleva el nombre de la joven que la impulsó, Olimpia Coral Melo, quien fue víctima de acoso y violencia luego de que se difundiera un video íntimo de ella sin su consentimiento.
Esta ley considera como un delito difundir videos, audios o fotografías con contenido sexual íntimos de una persona sin su consentimiento o mediante engaño, por lo que se contempla una pena de 3 a 6 años de prisión y multas que van de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Hasta ahora 29 entidades del país han aprobado la Ley Olimpia, entre ellos se encuentra la Ciudad de México, Edomex, Baja California, Campeche, Chiapas, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Tamaulipas y Veracruz.